Gaceta Facultad de Medicina UNAM
10 septiembre 2004
Facultad de Medicina UNAM

Pedro López y la Inquisición

  • Simposio organizado por la Academia Nacional de Medicina y el Departamento de Historia y Filosofía de la Medicina de la FM

Dentro de la serie de conferencias que se dictaron en el Simposio “Pedro López, médico y filántropo”, para conmemorar cuatro siglos de la llegada de los juaninos al Hospital de la Señora de los Desamparados, tocó al doctor José Abel Ramos hablar sobre Pedro López y la Inquisición.

 

Historiador José Abel Ramos

El historiador señaló que dentro de los documentos que hacen referencia a este médico en la Inquisición se encontró un expediente que se conservó en el Archivo General de la Nación de México, documento que fue revisado por Richard E. Greenleaf en dos textos muy importantes, uno es La Inquisición en la Nueva España: siglo XVI, que publicó el Fondo de Cultura Económica en 1981. Además está el artículo del autor que se titula “Padre de los pobres: el doctor Pedro López”, que publicó en Latin american Historical Review, volumen 8.

El expediente en cuestión está integrado por 22 hojas manuscritas y se refiere a diligencias que se celebraron entre mayo de 1570 y agosto de 1571, con declaraciones que sintetizaba el que estaba en la Inquisición, Pedro Luis Álvarez, quien planteó, con base en las declaraciones tanto del denunciante como de los testigos que hablaron ante el Tribunal: “El doctor Pedro López tenía mucho tiempo en un aposento sucio ciertas imágenes de santos y un crucifijo, figura de nuestro señor Jesucristo crucificado, echado entre mucha basura y suciedad, teniéndolo con pomposa burla, en la cual el susodicho ha cometido grave y atroz delito digno de castigo.”

Mencionó que fueron seis las personas que declararon en el Santo Oficio. Uno de ellos fue el denunciante, Juan Gutiérrez de Aguilar, pero aclaró que quienes comparecieron ante el Tribunal fueron personas que conocieron a Pedro López, y que uno de ellos habitó su casa durante algún tiempo.

Abel Ramos indicó que Gutiérrez de Aguilar dijo que en breve visita a la casa del médico acusado vio un crucifijo que estaba abandonado; también declaró un sobrino del denunciante, que se llamaba Pedro Martínez, mercader, a quien su tío le platicó la situación en la que se hallaba la cruz, y que después él lo constató cuando visitó, por motivos de negocios, la casa de López.

“Un declarante más fue Baltasar de León, quien vivió unos meses en la casa del denunciado, él mencionó que además de la efigie había unas imágenes, pero que estaban muy bien acomodadas en una especie de capilla y eso fue hace tiempo, y que no recordaba si la cruz llegaba al suelo”, citó el historiador.

El investigador reveló que la mujer que vivió en la casa del médico español denunciado era Catalina Quiñónez, joven que se crió en la casa de López hasta el momento de su matrimonio. Esta persona declaró que había imágenes sagradas y un crucifijo en la casa del supuesto culpable, pero al contrario de lo que dijeron tanto el denunciante como su sobrino, estaban muy connotados en una especie de capilla, y que allí incluso Pedro López y el resto de la casa podían adorar a las imágenes, por lo tanto no sabía nada del delito.

Otra persona era Eugenio Fernández Castellanos, un mercader a quien tampoco le constaba la situación del crucifijo, “sólo sabía del asunto a oídos”, y la última persona que declaró era el famoso protomédico Francisco Hernández, a quien tampoco constaba la situación que se denunciaba.

Abel Ramos aclaró que esta versión llevó a pensar en otros personajes que también son mencionados en las diligencias, pero que no fueron llamados a declarar ante el Santo Oficio “... que son los chismosos del asunto; se trata de que un tal licenciado Contreras, quien le contó a Eugenio Fernández, uno de los que declararon, y también el licenciado Martell, otro médico quien a su vez había contado el asunto al licenciado Contreras, quien decía que la situación de Pedro López era de dominio público. Hubo otros ausentes, entre ellos un tal Andrés Ortuno, de quien no se dice mayor cosa y que tampoco fue llamado a declarar, y por supuesto el gran ausente fue el propio Pedro López, que no declaró.”

El investigador dijo que esto lleva a pensar la actividad normal que seguía el Santo Oficio con estas declaraciones e indicó que el Tribunal estaba contra alguna persona cuando tenía información suficiente para ser juzgada. “Debemos tomar en cuenta que cuando se acusaba a la persona se hacía porque era culpable y no se trataba de que el inculpado demostrara su inocencia, sino que el Santo Oficio buscaba por todos los medios posibles que el inculpado aceptara el delito que se le imputaba y pidiera perdón para poder ser reconciliado al seno de la Iglesia”, comentó.

Acerca de delito de Pedro López, el historiador explicó que el Santo Oficio promulgaba de forma periódica un Edicto general de la fe, “… documento que contemplaba todas las posibles acciones que consideraba contrarias a la religión y a la moral cristiana. Refería, por ejemplo, a prácticas relacionadas con la Ley de Moisés, con las sectas de Mahoma y de Lutero, así como las herejías, como negar la existencia del paraíso, además de blasfemias contra Dios, la virgen y los santos. Abordaba la bigamia, el amancebamiento y la condenación de la invocación al demonio, entre otros.

En el documento —afirmó Abel Ramos— no hay una mención específica del delito del que se denunciaba, pero dejó en claro que el Santo Oficio también promulgaba edictos particulares, relacionados con un tema concreto, “por ejemplo promulgar delitos que prohibían libros, es decir, cesaban la lectura de ciertas obras que los fieles cristianos consultaban. Dentro de este tipo de decretos destacan tres en los que se aluden cuestiones que se relacionan con el delito de López. Uno en 1626, otro de 1691 y otro más de 1750”.

El de 1691 —documento en mal estado e incompleto— registraba, después de una larga introducción sobre los distritos en los que había la jurisdicción y sobre los destinatarios de esos edictos: “... mandamos para odiar el abuso de poner y pintar cruces en rincones públicos y otros lugares indecentes con fin de preservarlos de las inmundicias ordinarias, por las indecencias que se experimentaron por ignorancia y seguirse grande ofensa de Dios nuestro señor”, citó.

El precepto estipulaba que “no se pintasen ni pusiesen dichas cruces, y las que lo estaban se borrasen y quitasen”. Es importante señalar —comentó Abel Ramos— que se trataba de cruces que se ponían en lugares no apropiados para ellas, pero no se hacía con el afán de burla o no eran abandonadas, como se dice en el caso de López.

Otra disposición que viene del mismo edicto decía: “Ha venido al letrado oficio que en esta ciudad de México y en otras partes y lugares de este nuestro distrito ante algunas cruces no están en lugares indecentes, se celebran en dichos lugares de calles, plazas, con misa, sermón y procesiones y por otras fiestas profanas como son comedias, toros y máscaras. Dichas fiestas ocasionan gran escándalo, tomando como pretexto la celebración de la Santa Cruz para cometer en dichas fiestas grandísimas indecencias e indiferencias contra la misma Santa Cruz. La pena para quien desobedezca esta disposición era la excomunión mayor, así como pesada pena monetaria.”

Sobre la época en la que fue denunciado Pedro López, el historiador señala que se trataba del último año del periodo de la inquisición episcopal. Las actividades inquisitoriales en la Nueva España tienen tres periodos: la primera es la que va de 1522 a 1532, en la cual las funciones inquisitoriales fueron encargadas a las órdenes religiosas; después viene el periodo episcopal, en que la Inquisición fue encomendada a los obispos y que se desarrolló entre 1535 y 1571, durante 36 años, para que finalmente, en 1571, se estableciera ya el Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición, que funcionó durante dos siglos y medio, entre 1571 y 1820.

El historiador concluyó que tal vez a la Inquisición no le parecía importante el hecho y no contaba con la información suficiente para reprimir a Pedro López, se interesaba por asuntos que le parecían más trascendentales, por ejemplo, la lucha contra el santismo y el judaísmo. “También son manifiestas, en este periodo, las diferencias entre el clero secular y el anular, y también dentro de este clero anular las diferencias entre dominicos, franciscanos y contra los agustinos”, afirmó.

Finalmente, Abel Ramos indicó que los edictos que se mencionaron son de fechas evidentemente posteriores a la época de la denuncia de Pedro López, pero “debemos tener presente que los lineamientos generales de la Inquisición española se habían establecido desde fines del siglo XV”.