Gaceta Facultad de Medicina UNAM
10 mayo 2006
Facultad de Medicina UNAM

Universidad Nacional Autónoma de México
Facultad de Medicina
Comisión Local de Seguridad

Lineamientos Generales para las Prácticas de Campo

Fundamento

Con el propósito de disminuir los riesgos y aumentar la seguridad durante las prácticas de campo que realicen los académicos y alumnos de la Facultad de Medicina y con fundamento en las Recomendaciones de la Comisión Especial de Seguridad del Consejo Universitario sobre la normatividad en cuanto a las prácticas de campo que se realizan en la Universidad Nacional Autónoma de México publicadas en la Gaceta UNAM del 1° de marzo de 2004, se establecen los siguientes lineamientos generales:

Definiciones

Se entiende por prácticas de campo a las actividades fuera del aula que brindan la oportunidad de ampliar los conocimientos y habilidades adquiridos en el salón de clase. Las prácticas obligatorias curriculares corresponden a las que se derivan del plan de estudios vigente y pueden variar en su duración y lugar en el que se desarrollan. Las prácticas no obligatorias no son curriculares y pueden ser actividades académicas, deportivas o artísticas.

Los presentes lineamientos aplican para todos los alumnos de la Facultad de Medicina, excepto los que tengan establecido un contrato con alguna otra institución.

Corresponde a la Secretaría General, en su función de coordinación académica, y a la Secretaría Administrativa, en su función de coordinación logística, garantizar el cumplimiento de los presentes lineamientos.

Requisitos para la autorización de las prácticas de campo

  1. Es responsabilidad de los Secretarios, del Jefe de División, de los Coordinadores y de los Jefes de Departamento, presentar ante el Secretario General, de conformidad con el ciclo escolar, el programa de prácticas curriculares y no curriculares.
  2. El programa se debe presentar al inicio del ciclo escolar y para cada práctica se debe especificar:
    1. Programa de trabajo y actividades a realizar;
    2. En caso de prácticas curriculares, materia o asignatura a la que corresponde, así como tema o temas;
    3. Justificación y objetivos generales y específicos;
    4. Productos y resultados a alcanzar, así como los beneficios dirigidos a la institución o a la comunidad;
    5. Cronograma de actividades;
    6. Lugar(es) de la práctica y permanencia en cada sitio;
    7. Lugar de salida y regreso. Se recomienda salir de instalaciones de la Facultad y regresar a ellas. Si las visitas son en la Zona Metropolitana se recomienda considerar la conveniencia de citar a los alumnos en el sitio a visitar;
    8. Nombre del profesor responsable;
    9. Número de académicos y alumnos participantes;
    10. Tipo de transporte a utilizar;
    11. Número de operadores de vehículos según la distancia. Se deberán asignar dos operadores para trayectos de más de ocho horas; y
    12. Presupuesto necesario.
  3. Las prácticas se deberán autorizar en lugares que presenten condiciones de seguridad para los participantes y que no pongan en riesgo la integridad física de los participantes.
  4. Sin excepción, es obligatorio contratar el seguro de vida correspondiente, para lo cual se debe seguir el procedimiento establecido por la Secretaría Administrativa. El no contratar el seguro de vida y firmar la relación exime a la Universidad y a la Facultad de cualquier responsabilidad.
  5. En el caso de alumnos que sean menores de edad, se debe disponer de la autorización escrita de sus padres o tutor.
  6. Cuidar que la salida no interfiera con las actividades de otras asignaturas, semanas de exámenes o última semana del semestre. En ningún caso se realizarán prácticas en vacaciones.

De la organización de las prácticas de campo

Antes de la realización de la práctica el profesor responsable debe:

  1. a. Contar con el apoyo administrativo de la Facultad para la contratación del transporte y de los seguros de vida; así como para disponer del botiquín de primeros auxilios, extintor y demás gastos incluidos en el presupuesto;
  2. Reservar el hospedaje, asegurarse de que dispone de la información referida a teléfonos de emergencia y al transporte a utilizar. El transporte, sea universitario o particular, debe estar en condiciones óptimas y debidamente registrado. En todos los casos, si el recorrido o trayecto es mayor de ocho horas, deberá disponerse de dos operadores;
  3. Cuidar que no se programen actividades que pongan en riesgo la integridad física de los alumnos;
  4. Con 15 días hábiles de anticipación, confirmar la salida y entregar lista de asistencia (máximo 40), con los números de cuenta de los alumnos que asistirán, domicilios y teléfonos. NO ASISTIRÁ PERSONA ALGUNA AJENA A LA PRÁCTICA. Asimismo, anexar el formato de aprobación de la práctica, con visto bueno de los padres o tutores en el caso de los alumnos menores de edad, y las cartas compromiso de los alumnos en donde se responsabilizan de observar y respetar la Legislación Universitaria, se obligan a guardar el orden y conducirse con respeto a los demás durante la práctica;
  5. Asegurar el número suficiente de materiales de emergencia y estudiar las normas de seguridad para prevenir accidentes, para lo cual es indispensable que todo profesor responsable de una práctica de campo apruebe un curso de primeros auxilios. Asimismo, elaborar un plan de acción de emergencia que debe contener, cuando menos, un registro de los alumnos con: sus datos generales, antecedentes clínicos (tipo de sangre, alergias, cirugías, estado de salud general), números de emergencia y localización de servicios médicos cercanos a la localidad donde se efectuará la práctica, y rutas de evacuación.
  6. Viajar en el mismo transporte que los alumnos; y
  7. Conocer las sanciones a las que se hacen acreedores en caso de incurrir en faltas y hacerlas del conocimiento de los alumnos.

Durante el desarrollo de la práctica el profesor responsable debe:

  1. Al momento de salir, entregar a la Secretaría Administrativa lista de asistentes confirmada, (mismos que deberán estar inscritos en el grupo el profesor) y asegurarse de que los operadores del o los vehículos cuenten con gasolina, herramientas, señalamientos y refacciones necesarias, así como un suplente cuando se trate de trayectos de más de 8 horas;
  2. Tener a la mano información del transporte, línea, número de placas, contrato correspondiente y seguro de vida, así como la información referida a servicios de emergencia y el hospedaje;
  3. Asegurarse de que se tengan a la mano los medios para comunicarse en caso de emergencia, como pueden ser radios o teléfonos celulares;
  4. No viajar después de las 22:00 hrs. y no pernoctar en el vehículo;
  5. Llevar el botiquín de primeros auxilios y el extintor;
  6. Llevar su credencial de la Universidad vigente y verificar que cada alumno lleve la suya;
  7. Llevar una bitácora de viaje con lugar, fecha y hora de salida, así como lugar, fecha y hora de llegada, y otros datos relevantes del desarrollo de la práctica;
  8. PROHIBIR LA INGESTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y OTRAS DROGAS; y
  9. Programar el regreso a una hora adecuada para que los alumnos encuentren transporte para regresar a sus hogares.

Al finalizar la práctica el profesor responsable debe:

  1. Tres días hábiles después de la llegada de la práctica, presentar un informe de la misma que evalúe el logro de sus objetivos, así como la bitácora de viaje; y
  2. Este informe quedará como antecedente para futuras autorizaciones. Debe ir copia al expediente del profesor y al de los alumnos participantes, tanto los aspectos positivos como los negativos.

Deberá otorgarse constancia a los alumnos y a los académicos que participen en las prácticas.

Son motivos para la suspensión de la práctica:

  1. Cuando las solicitudes se presenten fuera de tiempo o no reúnan lo requisitos establecidos;
  2. Que no se presente el profesor titular responsable;
  3. El profesor puede suspender la práctica cuando un alumno cometa faltas graves como: daños a propiedad ajena, desobediencia reiterada, agresiones físicas, ingestión de bebidas alcohólicas u otras drogas, o cualquier otra conducta impropia de un universitario, notificando a la Dirección de la Facultad para que se proceda conforme a la Legislación Universitaria y a las disposiciones jurídicas que correspondan;
  4. Por enfermedad, mal tiempo, malas condiciones del lugar o accidente, se justifica regreso anticipado; y
  5. Si se incurre en faltas señaladas en los artículos 87 apartado I, 95 y 97 del Estatuto General de la UNAM que a la letra dicen:
    • Artículo 87.- Con los reglamentos especiales se determinarán los requisitos y condiciones para que los alumnos se inscriban y permanezcan en la Universidad, así como sus deberes y derechos, de acuerdo con las siguientes bases:
      1. En el momento de la inscripción firmarán la protesta universitaria, por la cual se comprometen a hacer en todo tiempo honor a la Institución, a cumplir sus compromisos académicos y administrativos, a respetar los reglamentos generales sin pretender excepción alguna y a mantener la disciplina;
        Artículo 95.- Son causas especialmente graves de responsabilidad, aplicables a todos los miembros de la Universidad:
        1. La realización de actos concretos que tiendan a debilitar los principios básicos de la Universidad, y las actividades de índole política que persigan un interés personalista;
        2. La hostilidad por razones de ideología o personales, manifestada por actos concretos, contra cualquier universitario o grupo de universitarios;
        3. La utilización de todo o parte del patrimonio para fines distintos de aquéllos a que está destinado;
        4. Ocurrir a la Universidad en estado de ebriedad o bajo los efectos de algún estupefaciente, psicotrópico o inhalante; ingerir o usar, vender, proporcionar u ofrecer gratuitamente a otro, en los recintos universitarios, bebidas alcohólicas y las sustancias consideradas por la ley como estupefacientes o psicotrópicos, o cualquier otra que produzca efectos similares en la conducta del individuo que los utiliza;
        5. Portar armas de cualquier clase en los recintos universitarios, y
        6. La comisión en su actuación universitaria, de actos contrarios a la moral y al respeto que entre sí se deben los miembros de la comunidad universitaria.
    • Artículo 97.- Los alumnos serán responsables particularmente por el incumplimiento de las obligaciones que les señalen los reglamentos que menciona el artículo 87, y por actos contra la disciplina y el orden universitario:
      1. Los alumnos que participen en desórdenes dentro de la escuela o falten al respeto a los profesores, serán sancionados según la gravedad de la falta;
      2. El alumno que haya prestado o recibido ayuda fraudulenta en las pruebas de aprovechamiento, será suspendido hasta por un año, sin perjuicio de la nulidad del examen sustentado;
      3. El alumno que falsifique certificados, boletas e exámenes y documentos análogos, o use o aproveche los propios documentos cuando la falsificación sea imputable a terceros, será expulsado de la Universidad, y
      4. Los alumnos que incurran en las conductas previstas, en las fracciones IV y V del artículo 95, serán suspendidos hasta por un año, y en caso de reincidencia, serán expulsados definitivamente de la Universidad, o demás disposiciones jurídicas


De las responsabilidades

Es responsabilidad de la Secretaría Administrativa:

  1. Proporcionar al profesor responsable de la práctica toda la información referida a los seguros contratados y los servicios de emergencia a los que puede recurrir en caso necesario, como son los de la Secretaría General, la Secretaría Administrativa y la Oficina Jurídica de la Facultad, así como de las direcciones generales de Servicios Generales, de Atención a la Comunidad Universitaria, de Asuntos Jurídicos y de Servicios Médicos de la UNAM;
  2. Tramitar en tiempo y forma la contratación del seguro de vida obligatorio;
  3. Garantizar el apoyo administrativo que debe recibir el profesor responsable para la contratación del transporte y para que los operadores del o los vehículos cuenten con gasolina, herramientas, señalamientos y refacciones necesarias, así como un suplente cuando se trate de trayectos de más de 8 horas;
  4. Proporcionar el número suficiente de materiales de emergencia, incluyendo el botiquín de primeros auxilios y el extintor, y difundir las normas de seguridad para prevenir accidentes;
  5. Conservar la relación de los participantes en cada práctica, así como toda la información referida a la misma; y
  6. Garantizar que en caso de emergencia, el profesor responsable disponga de los medios de comunicación para solicitar ayuda, como son teléfonos celulares o radios.

Son responsabilidades de los profesores:

  1. La seguridad del grupo en su conjunto;
  2. Que se cumplan las actividades planteadas como objetivo;
  3. El material o equipo que haya sido previsto por la Facultad;
  4. El comportamiento del grupo en general y el mantenimiento del orden; y
  5. Obtener los permisos correspondientes y que se viaje con los seguros respectivos.

De las responsabilidades de los alumnos que asisten a las prácticas de campo:

  1. Reportar a la Dirección de la Facultad actos contrarios a la disciplina universitaria, independientemente de la responsabilidad civil o penal que pudiera derivarse de esos actos.

En el caso de las prácticas no obligatorias curricularmente se deberá justificar la necesidad e importancia de la asistencia. Asimismo, no deberán ser un requisito para la evaluación.

Los integrantes de la comunidad universitaria –académicos, alumnos y trabajadores- que incurran en alguna falta, serán sancionados conforme a las medidas disciplinarias contempladas en la Legislación Universitaria, sin perjuicio de las responsabilidades que se deriven de la normatividad aplicable.

SE EXIME DE RESPONSABILIDAD A LA UNAM DE CUALQUIER SALIDA QUE SE EFECTÚE FUERA DEL PROGRAMA AUTORIZADO.

Aprobados por la Comisión Local de Seguridad de la Facultad de Medicina en sesión ordinaria celebrada el martes 13 de septiembre de 2004