Gaceta Facultad de Medicina UNAM
10 diciembre 2005
Facultad de Medicina UNAM

Simposio Internacional de Bioética

Aspectos bioéticos controversiales en salud reproductiva

  • El director general del Instituto Nacional de Perinatología imparte la conferencia
El doctor Gregorio Pérez Palacios en su presentación

“A lo largo de la historia la reproducción no había sido un problema importante para la ética sino hasta que el hombre, gracias al avance de la ciencia, el conocimiento y el desarrollo tecnológico, aprendió a regular la fertilidad y entonces se volvió una parte importante en la bioética”, afirmó el doctor Gregorio Pérez Palacios durante su conferencia “Aspectos bioéticos controversiales en salud reproductiva”, que se llevó a cabo dentro del Simposio Internacional de Bioética, efectuado en la Facultad de Medicina del 9 al 11 de noviembre.

El especialista, hoy director general del Instituto Nacional de Perinatología, dijo que reproducirse es una característica distintiva de los seres vivos y, desde luego, es un fenómeno biológico fascinante, ya que permite la perpetuación de las especies. El mecanismo que regula la reproducción es casi prácticamente similar en casi todos los mamíferos; sin embargo, en la reproducción humana, al introducirse aspectos como el amor, la sexualidad y la tendencia social a construir núcleos familiares, nos eleva de la esfera de los instintos a una condición superior.

Comentó que durante el siglo XX fuimos testigos de una aceptación universal que tuvieron la ciencia y la tecnología de poder incursionar en la regulación de la fecundación al proporcionar estrategia y métodos para incrementar la procreación en aquellas parejas que, por diversas causas, no lo podían hacer. No obstante, al inicio de este milenio se encuentran temas controversiales como la anticoncepción poscoito —también conocida como de emergencia—, la reproducción asistida, el aborto y, algo más reciente, la transferencia nuclear a células estaminales y que ciertamente pone en la antesala a la medicina regenerativa, por lo que aseveró que sobre estos temas las controversias tienen su base en algunas imprecisiones, no sólo en cuanto al origen de la vida o el inicio de la individualización del ser, sino simplemente de cuándo se inicia el embarazo.

“Científicamente se acepta que la fecundación es cuando el espermatozoide penetra en el óvulo. Después existe un periodo de transición celular hasta que el blastocisto llega a la implantación. Todas las instituciones académicas definen la concepción como el proceso en el cual el blastocisto se implanta en el endometrio y a partir de entonces se inicia el embarazo, por lo que la etapa previa corresponde al preembrión, un término que por algunos años estuvo vigente en nuestra Ley General de Salud y después, por un error en el proceso legislativo, se retiro el término, es por lo que hasta hoy continúa el debate.”

Aseveró que desde luego la concepción no es sinónimo de fertilización, sino que el verdadero sinónimo de concepción es la implantación, idea bajo la cual revisó los temas que anteriormente se señalaban como controversiales.

El ex jefe de Departamento de Biología de la Reproducción y director de Investigación en el Instituto Nacional de Nutrición y Ciencias Médicas, al desarrollar su conferencia dentro del tema “Dilemas contemporáneos de bioética”, dijo que la anticoncepción de emergencia, que en realidad es una estrategia de anticoncepción poscoito, ha demostrado ser segura, efectiva y no presenta contraindicaciones absolutas ni relativas.

“Después de la década de los cincuentas, la anticoncepción hormonal se vuelve a poner de moda luego de que se integra un consorcio internacional en el año de 1995 en la producción de los mismos y se promueve para que tenga un uso universal. En ese mismo año, la Organización Mundial de la Salud decide incluirlo en la lista de fármacos esenciales y también en el estuche de salud para refugiados, por aquello de las violaciones sexuales que ocurren de un país a otro. Finalmente, las agencias de Naciones Unidas lo incluyeron en sus programas asistenciales de planificación familiar.”

Comentó que la controversia de este tema en nuestro país se debe a la contradicción en lo impreciso de la definición del embarazo. El Código Civil de nuestro país señala que el individuo lo es desde que es concebido; define al aborto como la muerte de la concepción en cualquier momento de la preñez, y en la jurisprudencia mexicana no está definido lo que es concepción.

“Por otra parte, vivimos con un incongruente artículo en materia de investigación de la Ley General de Salud, donde se define al embarazo como el periodo comprendido desde la fecundación del óvulo y, en acto seguido, entre paréntesis, ‘precisa’: Evidenciada por cualquier signo o síntoma de embarazo como amenorrea o prueba positiva de embarazo, lo que ha dado motivo a la controversia.”

Asimismo afirmó que los mecanismos de acción de la anticoncepción de emergencia inhiben la fecundación al suprimir la liberación de la gonatropina hipofisaria, pospone también la ovulación y tiene otros mecanismos alternos, como modificación del moco cervical y alteración del trasporte de gametos. La evidencia científica demuestra que no interfiere con el proceso de implantación. Sin embargo, se ha demostrado que es una estrategia muy segura, por lo que se congratuló de que la Secretaría de Salud haya logrado —el 21 de enero de 2004— publicar en el Diario Oficial la inclusión de la anticoncepción de emergencia en el cuadro básico del sector público, aunque a pesar de estos avances continúa el debate en algunos segmentos de la sociedad.

En cuanto a la interrupción del embarazo, aseveró que el aborto constituye un desafió a todos los sistemas nacionales de salud pública, principalmente en aquellos países en los que no ha estado debidamente legislado. La Organización Mundial de la Salud estima que se practican anualmente poco más de 50 millones de abortos en el mundo y 20 millones de ellos se realizan en condiciones inseguras, lo cual da como resultado un número importante de muertes por complicaciones.

“En México tenemos un grave problema de subregistro, se estima —de acuerdo con el Consejo Nacional de Población— que se practican anualmente 200 mil abortos en el año; sin embargo otra estimación es que son poco más de 500 mil, y lo cierto es que sigue constituyendo la tercera causa de muerte materna.”

En aspectos legislativos el aborto es considerado como un delito del fuero común, no obstante no se considera delito en algunas circunstancias, como violación o aborto imprudencial, cuando el embarazo pone en riesgo la vida de la mujer, existen malformaciones congénitas o genéticas, o por razones socioeconómicas.

Comentó que al respecto hay una enorme heterogeneidad en las entidades federativas del país. La única atenuante en que el aborto no estaría fuera de la ley es en el caso de violación o estupro, que es universal; el aborto imprudencial es considerado en 29 estados, cuando se pone en riesgo la vida de la mujer en 28, malformaciones congénitas en 13, si se pone en riesgo la salud femenina en nueve entidades, incluido el Distrito Federal, y por razones socioeconómicas sólo en uno.

Apuntó que la legislación no indica los límites para la interrupción del embarazo cuando no está en contra de la ley; en aquellos países en que el aborto es por libre demanda la mujer se confina sólo al primer trimestre del embarazo, pero en otras circunstancias se puede incursionar en algunas etapas del segundo trimestre de la gestación. Sin embargo, por consenso internacional se aprobó —y nuestro país lo acepto— que los gobiernos deben promover la prevención del aborto.

Afirmó que desde luego bajo ninguna circunstancia debe considerarse como método de planificación familiar. En lo referente a los trabajos de procesos legislativos, dijo que cada país debe realizarlos de acuerdo con la soberanía de los Estados, pero que en aquellas circunstancias en las que el aborto no está fuera de la ley, los sistemas de salud deben proveer información y servicios para la práctica del aborto con calidad y seguridad, además de proporcionar información, consejería y servicio en anticoncepción postaborto.

Mencionó asimismo que los sistemas de salud deben proporcionar algunas acciones relevantes, capacitación de personal y equipamiento de las unidades de salud para responder a estas circunstancias. Instalar comités de ética ad hoc en centros hospitalarios y, desde luego, elaborar lineamientos técnicos para cada una de estas condiciones atenuantes al delito del aborto, la introducción e investigación de estrategias contemporáneas para la interrupción del embarazo.

El doctor Pérez Palacios aseveró que el debate va a continuar porque el aborto a libre demanda de las mujeres acorde con el derecho que les asiste de su libre decisión es solamente permitido en algunos países, la mayor parte de ellos del mundo industrializado; por lo tanto, en países como el nuestro tendrá que continuar el debate en espacios académicos y de la sociedad civil para que eventualmente puedan lograrse reformas legislativas.

Respecto a la reproducción asistida afirmó que la controversia se da porque no hay un consenso adecuado en cuanto a los procedimientos y diagnósticos, lo que lleva a una falta de propuestas efectivas y una evaluación incompleta de las parejas a pesar del desarrollo tecnológico. Las principales controversias en reproducción asistida son la fertilización in vitro, las técnicas de micromanipulación, el diagnóstico genético preimplantación, la maternidad subrogada, la criopreservación de preembriones y su destino final. Y otros, como la inseminación heteróloga, la selección de sexo y la congelación y vitrificación de los gametos.

“La fertilización in vitro desde luego ha sido una estrategia que ha facilitado los procesos reproductivos y, a pesar que no se incluyen en la vía natural, tienen la capacidad de favorecer este fenómeno en desarrollo intrínseco de las propias técnicas y en el aumento en la demanda. Por una parte, han abierto muchas posibilidades, pero también han generado controversias y existen algunas condiciones que no conocemos que limitan los resultados en el humano.”

Afirmó que la criopreservación de semen dio lugar a la aparición de bancos de gametos masculinos, lo que conlleva a la necesidad de regular estas actividades, como la evaluación del donante, la historia clínica, la confidencialidad y el anonimato, la necesidad de registros para la prevención de endogamia, y aparece la posibilidad, también (controversial), de la reproducción post mórtem y la de la reproducción en mujeres solteras y en parejas homosexuales.

También la criopreservación de embriones incrementa el potencial total reproductivo en la pareja, la posibilidad de donación altruista de los preembriones, el uso de células estaminales de los mismos y el problema de la pertenencia.
Científicamente, comentó que la vitrificación de los ovocitos es una técnica que ha contribuido mucho en este campo, pues permite posponer el proceso reproductivo, la donación altruista y la posibilidad de transferencia nuclear con propósitos terapéuticos, lo que abre la posibilidad de bancos de óvulos.

Finalmente mencionó que el diagnóstico genético preimplantación o maternidad subrogada tiene la posibilidad de prevenir defectos del nacimiento en etapas tempranas, conocer el sexo del preembrión, y la necesidad de reglamentar su uso y la disposición de los preembriones portadores de defectos, temas que también tienen lo suyo dentro de la bioética.