8.1 El Investigador solicita al Comité de Bioética revisión
de su Proyecto de Investigación.
8.2 El Coordinador recibe el proyecto de investigación, original
y 10 copias y los envía a los miembros del Comité.
8.3 El coordinador cita a reunión al Comité.
8.4 Los integrantes del Comité analizan el proyecto y emiten
un dictamen
8.5 El Presidente firma la minuta y el dictamen emitido por
el Comité.
8.6 Las discusiones serán confidenciales en tanto el Comité
de Bioética no emita dictamen.
8.7 El Coordinador informa al Investigador principal sobre
el Dictamen, el cual puede ser:
8.7.1 Aprobado, cuando el proyecto se aprueba tal como está.
8.7.2 Aprobado, con recomendaciones. Cuando el proyecto tiene
modificaciones mínimas que no son relevantes para el proyecto en sí
mismo.
8.7.3 Modificar y volver a presentar. Cuando las modificaciones
son sustanciales.
8.7.4 No aprobado, cuando se recomienda al o a los Autores
no seguir adelante con éste proyecto.
8.8 En caso de que el proyecto sea rechazado o necesite modificaciones,
es necesario que el Investigador realice la solicitud para revisión
del Protocolo de Investigación una vez corregido.
8.9 Los dictámenes serán inapelables