Seminario
El Ejercicio Actual de la Medicina

ALGUNAS REFLEXIONES SOBRE LOS CONSEJOS DE ESPECIALIDAD Y LA CERTIFICACION DE ESPECIALISTAS

Dr. Roberto Treviño García Manzo

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Los consejos de especialidad nacieron en nuestro país en 1963; el primero fue el de los médicos anatomopatológos.

Si me preguntan porqué ocurrió, no tengo la respuesta exacta, pero por lo que he observado creo que entre otras razones se debió a una necesidad sentida de tales profesionistas y a un compromiso y responsabilidad compartidos entre los fundadores. Ellos fueron los pioneros, pero con tales sentimientos estuvieron de acuerdo especialistas diferentes.

La necesidad, desde luego presente años atrás, se amplió en el momento en que su preparación formal tomó carta de naturalización en nuestro medio debido a la circunstancia de que las fundamentales instituciones de salud mexicanas empezaron a prepararlos no solo como hasta esos años, sino con la incorporación de programas educativos estructurados de manera completa y lógica que llevaban al aspirante, después de tres a cinco años, a adquirir los conocimientos, las destrezas y las actitudes que debía ostentar un especialista, digamos completo. Además, los alumnos empezaron a tener a su disposición otros modelos: los maestros adjuntos y los ayudantes, que tenían libertad para trasmitir sus propios conocimientos y experiencias, desde luego en concordancia con los programas vigentes, académicos y operativos.

Un buen día los especialistas así formados se preguntaron si la estructura y los programas operativos de todas las sedes cumplían con lo estipulado en el papel y si los profesores de las instituciones formadoras, al ser jueces y parte, eran en este asunto, por decirlo de alguna manera, más flexibles de lo razonable y lo permisible.

Así apareció el evidente sentimiento de responsabilidad y compromiso compartidos por todos los pares. Independientemente de la sede, consideraron importante constatar que en efecto el especialista había cumplido con su programa de enseñanza y por ende estaba capacitado para atender con éxito y con la mejor voluntad a quien se lo pidiera.

Los consejos de especialidad, desde el instaurador de 1963, pronto tuvieron claro que en este punto no debían tener compromiso de ninguna índole, con nada ni con nadie, a excepción de aquél que de manera única aceptaron ostentar con la sociedad: dar fé ante ella de la calidad profesional de los médicos que habiendo cumplido con ciertos requisitos generales de admisión eran evaluados por sus pares con el objeto de asegurarse que poseían los dominios conceptuales, axiológicos y prácticos de la especialidad que manifestaban haber adquirido en las instituciones de educación superior y de salud. De esta manera, respetuosa y silenciosamente empezaron a examinar la estructura de los cursos y el método educativo empleado y además, también poco a poco, fueron contribuyendo a eliminar la acumulación de aprendizajes dispersos, que era la forma habitual de adquirirlos en la ya casi superada época romántica, por Ilamarla de algún modo.

Es decir, no únicamente la institución formadora debía responder por sus egresados ante la sociedad, también los pares como jueces externos sintieron esa responsabilidad. En mi opinión, en el futuro próximo los consejos deberán empezar a evaluar y con ello impulsar de manera implícita (asunto difícil), la presencia de tres cualidades que deben tener sus certificados: visión amplia, actitud critica y capacidad creativa; valores cada vez más necesarios ante el despliegue avasallador de la bella e irresistible tecnología que contribuye con la instauración de la estrechez de criterio y la abolición de la necesaria capacidad de adaptación ante las carencias.

En la actualidad todos los consejos consideran que los especialistas necesitan recuperar la esencia de los verdaderos profesionales médicos que como tales deben, por lo menos:

1°- Manejar bien un determinado acervo de conocimientos y destrezas muy especializadas, sin olvidar la responsabilidad de comprender al hombre.

2°- Poseer los mejores valores humanos tanto en lo moral como en lo ético, que contribuyan a darle a su juicio la capacidad para tomar decisiones correctas en cualquiera de los problemas o disyuntivas que obligadamente le planteará su oficio.

3°- Tener un sólido compromiso de servicio que contemple, entre otros elementos, la toma de conciencia sobre los riesgos que la tecnología puede acarrear si se asume con irresponsabilidad y falta de ética y finalmente.

4°- Ser capaces de ejercer una adecuada y periódica autoevaluación y autorregulación de su actividad profesional.

Estas características siempre han sido válidas, pero ahora son más necesarias pues los pacientes poseen mayor información sobre sus enfermedades y los diversos elementos y circunstancias que las alteran o las modifican y, además, por la presión que ejerce el veloz paso del conocimiento y la técnica.

Escrito de otra manera. A las instituciones formadoras les interesa que sus alumnos egresen, como se dice en la jerga "bien preparados". En cambio a los consejos de especialidad les importa que a esos especialistas "bien formados" les adornen, cuando menos, las cuatro características anotadas arriba para funcionar como se espera de ellos.

Por otro lado, los médicos saben que la vigilancia y el control del ejercicio de su especialidad, así como su educación continua son mecanismos excelentes para el aseguramiento de la calidad de la atención que ofrecen, pero también reconocen que respaldados por la Medicina, con su formidable autoridad moral basada en una milenaria tradición de valores pueden, sin que nadie se los cuestione, controIar y ejercer auditoría a quienes la practican mediante una estructura externa de evaluación y regulación denominada Consejo de Especialidad, integrado por sus pares... por nadie más.

En este punto vale la pena subrayar que tal auditoria solo tiene éxito si se entiende y se realiza tal como aquí hemos señalado. Cuando se ha intentado (en otras latitudes) que dichas acciones las ejerzan organismos gremiales externos, ya sea estatales, políticos o privados, integrados por impares y con otros objetivos, han sido no solo contraproducentes y disgregantes, sino ineficaces y hasta sospechosos.

Con estas ideas empezaron a formarse en 1963 los consejos de especialidad. Nadie cuestionó su pertinencia ni menos su autoridad y ya para 1972 existían diez. Pero al darse ellos cuenta que uno o quizá dos se habían conformado digamos, no adecuada ni lógicamente, pidieron apoyo y orientación a la Academia Nacional de Medicina de México (ANMM). Esta centenaria agrupación, de indiscutible autoridad moral en el mundo médico mexicano, autoridad que no le viene de lo jurídico sino de la maduración de su fuero interno que vigila y preserva el respeto por las buenas costumbres y normas de actuación científica y humanística de la sociedad medica, captó de inmediato la importancia del asunto y apoyada primero en el artículo 160 del Código Sanitario y después en el artículo 81 de la Ley General de Salud*, elaboró un documento denominado "La formación de especialistas y la reglamentación de las especialidades". Casi simultáneamente, la Secretaria de Salud otorgó toda su confianza a la ANMM y fue ésta la que después de evaluar las solicitudes que le llegaban otorgaba la denominada IDONEIDAD a los aspirantes que cumplían con los requisitos indispensables para ser aceptados como consejos de especialidad.

Para la ANMM lo idóneo no únicamente significa lo que es adecuado y apropiado para una cosa; sobre todo tiene que ver con el reconocimiento que ella, con su autoridad moral, le otorga a otra organización medica cuyos miembros son verdaderos profesionales porque tienen como fundamental elemento constitutivo al conocimiento en todas sus dimensiones.

La IDONEIDAD es entonces, el reconocimiento que la ANMM le otorga a una organización llamada Consejo de Especialidad, que para lo único que existe es para asegurar a la sociedad que sus evaluados son verdaderos profesionales que saben bien los secretos de su oficio y las leyes de su ciencia y en consecuencia la servirán como ella lo espera y lo necesita.

* LEY GENERAL DE SALUD. TITULO CUARTO, Capitulo primero, artículo 81 (2° Párrafo):

"Para el registro de certificados de especialización expedidos por academias, colegios, consejos o asociaciones de profesionales de las disciplinas para la salud, las autoridades educativas competentes solicitarán, en su caso, la opinión de la Secretaria de Salud y de la Academia Nacional de Medicina ".

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