Cloruro de sodio

Solución oftálmica

Hiperosmótico

FORMA FARMACÉUTICA Y FORMULACIÓN:

Cada ml de SOLUCIÓN OFTÁLMICA al 5% contiene:

Cloruro de sodio................................................................. 50 mg

Vehículo, c.b.p. 1 ml.

INDICACIONES TERAPÉUTICAS: Como coadyuvante en el tratamiento del edema corneal.

CONTRAINDICACIONES: Hipersensibilidad a los com­ponentes de la fórmula.

RESTRICCIONES DE USO DURANTE EL EMBARAZO Y LA LACTANCIA: No se tienen estudios bien controlados del uso del CLORURO DE SODIO en mujeres embarazadas y lactantes, aunque la droga no se absorbe sistémicamente, se recomienda precaución cuando se use en estas condiciones.

REACCIONES SECUNDARIAS Y ADVERSAS: Puede ocurrir irritación o ardor transitorio después de su aplicación, hiperemia conjuntival, visión borrosa. Descontinuar su uso si sucede alguno de los siguientes síntomas: dolor severo, cefalea, cambios importantes de la visión, aparición súbita de miodesopsias, irritación ocular, fotofobia, diplopía.

INTERACCIONES MEDICAMENTOSAS Y DE OTRO GÉNERO: Ninguna.

PRECAUCIONES EN RELACIÓN CON EFECTOS DE CARCINOGÉNESIS, MUTAGÉNESIS, TERATOGÉNESIS Y SOBRE LA FERTILIDAD: No hay estudios adecuados para valorar su potencial en carcinogénesis, mutagénesis y efectos sobre la fertilidad.

DOSIS Y VÍA DE ADMINISTRACIÓN:

Oftálmica. 1 ó 2 gotas tres veces al día.

MANIFESTACIONES Y MANEJO DE LA SOBREDOSIFICACIÓN O INGESTA ACCIDENTAL: La sobredosificación puede favorecer la aparición de los efectos secundarios.

RECOMENDACIONES SOBRE ALMACENAMIENTO: Consérvese a temperatura ambiente a no más de 30°C.

LEYENDAS DE PROTECCIÓN:

Literatura exclusiva para médicos. Su venta requiere receta médica.
No se deje al alcance de los niños.

NOMBRE Y DOMICILIO DEL LABORATORIO:

Véase Presentación o Presentaciones.

PRESENTACIÓN O PRESENTACIONES:

Fuente: S.S.A. Catálogo de Medicamentos Genéricos Intercambiables para farmacias y público en general al 3 de agosto de 2007.
Con el objeto de demostrar la intercambiabilidad a que se refiere el artículo 75 del reglamento de Insumos para la Salud, los medicamentos que integran
el Catálogo de Medicamentos Genéricos Intercambiables han sido comparados, siguiendo los lineamientos indicados por la NOM-177SSA1-1998,
contra los productos innovadores o de referencia enlistados en las págs. 11 a 22 donde usted lo podrá consultar.