SERVICIOS PERSONALES
TIEMPO EXTRA
Sólo se podrá autorizar como máximo a cada trabajador 5 horas diarias con un tope de 20 semanales por trabajador; además de que las personas que cuentan con plaza y media no se les autorizará laborar tiempo extra los días que laboren su jornada.
Se buscará en la medida de lo posible que las jornadas de tiempo extra se autoricen con espacio de una hora después o antes de su jornada laboral. |