Gaceta
Facultad de Medicina UNAM
25 de septiembre 2003


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Seminario de Ética Médica 2003

¿El aborto es ético?

El aborto puede explicarse desde los aspectos médico, social, legal, psicológico, moral o ético hasta el metafísico, explicó la filósofa Margarita Valdez, quien dictó la conferencia El aborto y la ética dentro del marco de las sesiones del Seminario de Ética Médica 2003, organizado por la Facultad de Medicina y el Colegio de Bioética, que se realiza el tercer miércoles de cada mes.
Perteneciente al Instituto de Investigaciones Filosóficas, explicó que no se puede abordar la moralidad del aborto sin tener claro que es la interrupción de un embarazo humano en cualquier momento de la preñez anterior a la viabilidad del producto, y aunque existen interrupciones que no son abortos, como una cesárea en el séptimo mes de gestación, se considera que para que haya aborto el feto tiene que morir en el proceso.
“El aborto inducido puede realizarse en distintos momentos de la gestación y resulta muy natural suponer que aquel en que se realiza es importante tanto para evaluar su carácter moral, como para determinar si se trata o no de un crimen. No es lo mismo abortar a un óvulo recién fecundado, a un embrión de 15 días o a un feto de 25 semanas; lo anterior tiene que ver con el hecho de que el desarrollo fetal es un proceso gradual, que las principales estructuras anatómicas toman meses para desarrollarse y la primera actividad eléctrica cerebral no se registra antes de la décima semana de gestación.”


La filósofa Margarita Valdez

Además, cabe señalar que los riesgos para la mujer que aborta son mucho menores mientras sea más breve la duración del embarazo, lo cual ha sido considerado por legisladores de muchos países para la despenalización del aborto. En Estados Unidos de América, por ejemplo, el proceso está

permitido hasta la semana 24 de embarazo y se prohíbe posterior a esa fecha por los posibles riesgos para la madre. En cambio en México el aborto intencional es considerado un crimen. En los artículos 329 a 332 del Código Penal se le condena y se señalan penas que van de uno a ocho años de prisión a las mujeres que abortan y a quienes lo practican.
Sin embargo, se deben considerar algunas de las consecuencias de la prohibición: problemas sociales y de justicia, salud pública, incongruencia jurídica y corrupción. La investigadora señaló que es claro que el carácter ilegal del aborto trabaja a favor de la injusticia y la desigualdad social; como ejemplo de ello es bien sabido que las mujeres ricas y educadas tienen la posibilidad de elegir abortos seguros en hospitales privados o en el extranjero, mientras que las pobres e ignorantes se ven obligadas a acudir a lugares insalubres y arriesgar su vida y su salud en el procedimiento.
La clandestinidad con que se realizan los abortos hace imposible cualquier control sanitario, el número de mujeres que llegan a los hospitales públicos por procedimientos mal practicados es enorme; en 1997 se registraron 150 mil casos, además de que el costo para el sistema de salud es importante; se calcula que también por esa razón mueren en México alrededor de mil mujeres al año.
La conferencista explicó que existen dudas fundadas acerca de la constitucionalidad de la prohibición: el artículo cuarto de la Constitución Mexicana consagra la libertad de decidir sobre el número y espaciamiento de los hijos. También existen dudas acerca de si el Estado tiene derecho a normar una práctica que se da en el ámbito privado de la vida de una mujer; ésta precisamente fue la razón que se adujo e hizo que la ley cambiara en el caso de Estados Unidos, ya que se trataba de una práctica en que la única persona involucrada era la mujer. Por último, hay que mencionar que el Estado sabe que la prohibición del aborto no es obedecida y él mismo tolera la transgresión de la misma.
“México es una sociedad plural y laica, sin embargo, esto no se refleja en la legislación sobre el aborto. El Estado ha permitido el dominio de la opinión de la Iglesia católica sobre este tema; realmente no existen argumentos laicos que obliguen racionalmente a adoptar la posición de la Iglesia sobre el aborto, más bien los argumentos laicos llevan a conclusiones diferentes a las que abrazan los grupos católicos más conservadores.
“Por otro lado, no existe conexión entre el aspecto legal y moral del aborto; como en muchos otros temas la ley vigente parece que tiene la intención de reflejar una condena moral social del acto de abortar; por esta razón es importante examinar si hay o no un argumento laico racional que pueda servir de sustento a esa condena moral, pues si no existe ese tipo de argumento la prohibición legal del aborto queda exhibida entonces como carente de un sustento moral o como el mero producto de un prejuicio.”
En el punto de lo ético del aborto lanzó como punto de partida la cuestión: ¿es moral o éticamente correcto abortar o practicar un aborto? Indicó que la respuesta depende de la que se le dé a la pregunta: ¿es el feto una persona? Para ello señaló que aunque el concepto de persona no es objetivo, el feto no es una persona real sino potencial; en el primer trimestre sólo tiene propiedades biológicas que no son moralmente significativas ni dignas de consideración moral alguna, adquieren un valor derivado sólo cuando logran conectarse en una etapa posterior con otras propiedades que valoramos moralmente. Considerar que el feto carece de propiedades moralmente significativas es considerar que no basta ser una persona potencial para justificar la creencia de que es éticamente inaceptable interrumpir su desarrollo.
Finalmente Margarita Valdez puso especial énfasis en la necesidad de aclarar el concepto de “persona” para valorar la moralidad del aborto. Dijo que la definición más aceptada es aquella que señala que las personas se distinguen por tener estados de conciencia y mentales, es decir, un individuo con características corpóreas y psicológicas, y según la explicación del desarrollo del feto resulta crucial para determinar si es o no moral un aborto, dado que los fetos y los embriones inmaduros no tiene ninguna característica distintiva de las personas físicas y morales. El aborto, cuando se realiza dentro del primer trimestre de gestación, no parece reunir las condiciones para poder ser calificado de inmoral.

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