SEMINARIO DE ÉTICA MÉDICA 2003
La ética, la vida, la muerte y la ley
La lex artis o práctica médica
adecuada es un aspecto fundamental en el ejercicio profesional del médico,
advierte catedrático de la Facultad de Derecho
Durante la penúltima sesión del ciclo
de conferencias del Seminario de Ética Médica 2003, realizado
el pasado 19 de noviembre, el doctor Sergio García Ramírez,
catedrático de la Facultad de Derecho de la UNAM, fue invitado
por el doctor Ruy Pérez Tamayo, coordinador de este Seminario,
a fin de analizar algunos temas controvertidos del derecho y la medicina
dentro de la conferencia La ética, la vida, la muerte y la ley.
En el auditorio “Dr. Fernando Ocaranza” de esta Facultad,
el doctor García Ramírez, al abordar el tema de la ética,
señaló que ésta no es una norma exigible; sin embargo
citó que en la Ley General de Salud y otros ordenamientos en
la materia en el resto del mundo, dentro de sus preceptos que tienen
que ver con la investigación se advertirá que se atribuye
a los profesionales de la salud el deber atenerse a las normas éticas
de su profesión, lo cual quiere decir que cuando algún
médico comparece ante un tribunal para asumir cierta responsabilidad
—si es que la tiene—, tendrá que tomar en cuenta
la audiencia la observancia de las normas éticas. “Esto
acredita la altísima dignidad de la medicina y la enorme importancia
social que tiene”, destacó.

El Dr. Sergio García Ramírez |
Autor de La corte penal internacional y de artículos
como “La relación médico-paciente: consenso y conflicto”,
aparecido en el número 2 de la Revista Conamed, García
Ramírez indicó que la lex artis será otro de los
aspectos que deberán tomar en cuenta el médico y el jurista
cuando se enfrenten a cuestiones legales que tienen que ver con la responsabilidad
del practicante de la medicina.
Ante estudiantes y personalidades médicas, entre ellos los doctores
Pérez Tamayo, jefe de la Unidad de Medicina Experimental, Manuel
Quijano Narezo, editor de la Revista de la Facultad de Medicina, y Humberto
Gasca, cronista de esta Facultad, el jurista señaló que
las normas jurídicas son el producto de la evolución social,
y que en el curso de la historia, la medicina ha influido mucho sobre
el desarrollo del derecho, en particular sobre el derecho penal para
la formulación de normas y para solución de controversias.
“Fructífera es la relación que se da entre ambas
disciplinas a la hora de resolver controversias, porque el tribunal
tiene que desembocar sus decisiones en la verdad legal, que se refugia
en la sentencia, la cual es impugnable e irrevocable; a veces los médicos
funcionan como jueces cuando son llamados a arbitrar, cuando ellos la
realizan se les atribuye una función jurisdiccional.”
Perteneciente del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la
UNAM, definió a la vida como un derecho humano. Esta idea surgió
en el siglo XVIII y a partir de ahí se empezó a nutrir
las distintas declaraciones en materia de derechos humanos, que se retoma
en varias constituciones de algunos países, excepto en la Constitución
Mexicana. Además comentó que la Convención Americana
sobre Derechos Humanos, acuerdo que constituye el sistema interamericano
de derechos humanos y de la cual México forma parte, señala
que el derecho de todas las personas a la vida estará protegido
por la ley y en general a partir del momento de la concepción.
Al mismo tiempo, García Ramírez señaló que
el sistema penal se refugia en la defensa de los bienes jurídicos
más importantes, como la vida, la libertad y el patrimonio. Calificó
al homicidio como el más grave de los delitos, y todo aquello
que de éste se pueda derivar con relación a la privación
de la vida, pero aclaró que no toda privación de la vida
causada por un tercero es necesariamente un delito, tal es el caso de
la privación de la vida en legítima defensa, porque ésta
justifica la agresión que se hace a otra persona y eventualmente
que se le prive de la vida. También se toma en cuenta el estado
de necesidad, como el caso de la antropofagia.
En el tema de la muerte precisó que el suicidio es la pérdida
de la vida por propia mano, de éste se deriva el de la eutanasia,
y señaló que en México existen algunas normas que
tienen que ver con este tema que han recibido la influencia de otras
legislaciones y de ciertas corrientes culturales.
Los primeros códigos que refieren a la eutanasia son en la actualidad
los Códigos Penales de los estados de Morelos y de Tabasco, pero
en el caso del Distrito Federal, en su artículo 127 señala:
“Al que prive de la vida a otro, por la petición expresa,
libre, reiterada, seria e inequívoca de éste, siempre
que medien razones humanitarias y la víctima padeciere una enfermedad
incurable en fase terminal, se le impondrá prisión de
dos a cinco años”, el jurista opinó que este precepto
no contempla el concepto de los sufrimientos insoportables, que es incluido
en los ordenamientos antes mencionados y de algunos países.
Finalmente las temáticas abordadas por el doctor García
Ramírez suscitaron cuestionamientos y comentarios del público
asistente que se congregó en el recinto universitario de la FM.
En la última sesión del ciclo de conferencias del Seminario
de Ética Médica 2003, se realizó en diciembre,
el doctor Ruy Pérez Tamayo abordó el tema “Las células
estaminales y la ética”, evento que tuvo lugar en el auditorio
“Raoul Fournier Villada” de esta Facultad.
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